Días de asueto en El Salvador 2026
Las 13 fechas del año, cuáles son nacionales y cuáles solo de San Salvador, y cuánto te toca si te hacen trabajarlas.
Trabajar un asueto se paga doble: el salario del día más un recargo del 100 % (Art. 192).
Escribe tu salario para ver cuánto vale un asueto trabajado.
Escribe una cantidad válida mayor que cero.
- Salario del día
- Recargo del 100 %
| Salario diario salario mensual ÷ 30 | $0.00 |
|---|---|
| Salario de los días trabajados lo ordinario | $0.00 |
| Recargo del 100 % el extra que manda el Art. 192 | $0.00 |
| Total a recibir | $0.00 |
Cálculo aproximado, no es asesoría legal ni fiscal. Además del pago, trabajar en asueto suele dar derecho a un día de descanso compensatorio. Un día libre no sustituye por sí solo al recargo.
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Calendario de asuetos 2026
| Fecha | Motivo | Ámbito |
|---|---|---|
| 1 de enero jueves |
Año Nuevo | Nacional |
| 2 de abril jueves |
Jueves Santo Semana Santa |
Nacional |
| 3 de abril viernes |
Viernes Santo Semana Santa |
Nacional |
| 4 de abril sábado |
Sábado Santo Semana Santa |
Nacional |
| 1 de mayo viernes |
Día del Trabajo | Nacional |
| 10 de mayo domingo |
Día de la Madre Decreto Legislativo 339 de 2016 |
Nacional |
| 17 de junio miércoles |
Día del Padre Decreto Legislativo 208 de 2012 |
Nacional |
| 3 de agosto lunes |
Fiestas agostinas Solo en San Salvador |
San Salvador |
| 5 de agosto miércoles |
Fiestas agostinas Solo en San Salvador |
San Salvador |
| 6 de agosto jueves |
Divino Salvador del Mundo | Nacional |
| 15 de septiembre martes |
Independencia | Nacional |
| 2 de noviembre lunes |
Día de los Difuntos | Nacional |
| 25 de diciembre viernes |
Navidad | Nacional |
Once asuetos nacionales, más dos que solo aplican en San Salvador durante las fiestas agostinas.
Dos fechas que muchos calendarios se saltan
El Día de la Madre y el Día del Padre son asuetos remunerados de pleno derecho, y sin embargo aparecen omitidos —o listados como "no obligatorios"— hasta en calendarios de medios grandes.
No es opinable: el 10 de mayo quedó establecido por el Decreto Legislativo 339 de 2016, que reformó el artículo 190 del Código de Trabajo para hacerlo asueto nacional remunerado en el sector público y el privado. Y el 17 de junio por el Decreto Legislativo 208, aprobado en noviembre de 2012.
Si tu empresa te los descuenta o te los niega, esos son los decretos que puedes citar.
Cuánto te deben pagar si trabajas un asueto
El artículo 192 lo fija con claridad: el salario ordinario del día más un recargo del 100 %. En otras palabras, se paga doble.
Con un salario de $800 al mes, el día vale $26.67. Trabajar un asueto son $53.33 por ese día. Si te hacen trabajar los tres días de Semana Santa, son $160 en lugar de $80.
Además suele corresponder un día de descanso compensatorio. Y cuidado con una confusión frecuente: que te den otro día libre no sustituye automáticamente al recargo que manda la ley.
Los asuetos de agosto
Las fiestas agostinas generan la confusión más habitual del calendario. El 6 de agosto es asueto nacional —Divino Salvador del Mundo—, mientras que el 3 y el 5 de agosto son asueto solo en San Salvador. Un trabajador de Santa Ana o San Miguel no tiene derecho a esos dos días, aunque en la práctica muchas empresas cierren.
Si el asueto cae en tu día de descanso
En 2026 el Día de la Madre cae en domingo. Cuando un asueto coincide con el día de descanso semanal, la ley no da una regla uniforme y la práctica varía entre empresas. Conviene preguntarlo en planilla en vez de darlo por hecho.
¿Trabajaste además horas de más ese día? Míralo en la calculadora de horas extra, y para ver el efecto sobre tu sueldo del mes, en la calculadora de salario neto.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de asueto hay en El Salvador en 2026?
Once asuetos nacionales: 1 de enero, 2, 3 y 4 de abril por Semana Santa, 1 de mayo, 10 de mayo, 17 de junio, 6 de agosto, 15 de septiembre, 2 de noviembre y 25 de diciembre. En San Salvador se suman el 3 y el 5 de agosto por las fiestas agostinas.
¿El Día de la Madre es asueto de verdad?
Sí. El 10 de mayo es asueto nacional remunerado para el sector público y el privado desde el Decreto Legislativo 339 de 2016, que reformó el artículo 190 del Código de Trabajo. Hay calendarios publicados que lo omiten o lo listan como opcional, y están equivocados.
¿Y el Día del Padre?
También. El 17 de junio quedó declarado asueto remunerado por el Decreto Legislativo 208, aprobado en noviembre de 2012.
¿Cómo me deben pagar si trabajo un día de asueto?
Con el salario ordinario de ese día más un recargo del 100 %, es decir, el doble. Sobre un sueldo de $800, el día vale $26.67 y trabajarlo se paga a $53.33.
¿Me pueden dar otro día libre en vez de pagarme el recargo?
Un día compensatorio no sustituye automáticamente al pago del recargo que manda la ley. Si tu empresa te propone ese cambio, conviene confirmarlo con el Ministerio de Trabajo antes de aceptarlo.
¿Qué pasa si el asueto cae en domingo o en mi día de descanso?
En 2026 el Día de la Madre cae domingo. Cuando un asueto coincide con el día de descanso semanal, la práctica varía entre empresas y conviene confirmarla con tu departamento de planilla, porque la ley no lo resuelve de forma uniforme.